Te contamos que el Mintrab de Guatemala ha habilitado una forma electrónica de comunicación.
Sin duda alguna la etapa pos Covid-19 ha dado un giro 360 grados a los Gobiernos y estos han actuado con esta nueva normalidad, es por ello que el Ministerio regulador de Trabajo en Guatemala, con el fin de agilizar las gestiones patronales, desde el 12 de julio de 2021 emitió el Acuerdo Ministerial Número 222-2021, donde nos comparten la implementación de un nuevo sistema electrónico para el envío de avisos patronales a la Inspección General de Trabajo (IGT).
De acuerdo con esto, los avisos podrán ser presentados de dos formas: la presencial, que tendrá lugar en las delegaciones departamentales del Ministerio de Trabajo, o bien, a través de la nueva plataforma electrónica.
Excelente noticia, y es por ello que el Artículo 3 de dicho Acuerdo Ministerial establece que el procedimiento respectivo para la presentación de los avisos patronales por la vía electrónica será, en primer lugar, registrarse y llenar los campos de información requeridos, además, será necesario adjuntar lo siguiente:
* Fotocopia del Documento Personal de Identificación (DPI) o pasaporte, en caso de ser extranjero del representante legal y/o propietario del establecimiento
* Fotocopia del documento que acredite la representación legal vigente, si se trata de una persona jurídica.
En este caso, también deberá adjuntar las patentes de comercio de la sociedad y de la empresa. Una vez cumplidos los requisitos, el patrono deberá seleccionar el tipo de aviso y convertirlo en formato PDF, con su respectiva firma, ya sea de forma manuscrita o electrónica avanzada, debidamente autorizada.
Posteriormente, la IGT proporcionará un listado de avisos que el patrono podrá enviar, el cual podrá ser actualizado a través de la nueva plataforma electrónica. Para el correcto cumplimiento de estas nuevas disposiciones y de los derechos humanos, es importante observar el principio de la irrenunciabilidad de derechos, el cual establece que serán nulos ipso iure (de pleno derecho) aquellas estipulaciones que impliquen la renuncia, disminución, tergiversación o limitación de los derechos que la Constitución Política de la República de Guatemala, el Código de Trabajo, reglamentos y demás leyes consagran a favor de los trabajadores. Por lo tanto, si la IGT lo considera, estos se tendrán por no recibidos.
Una vez enviados los avisos patronales, la Inspección General de Trabajo remitirá una constancia con un código de respuesta rápida (QR), con el objeto de preservar la seguridad jurídica de los documentos. No obstante, en el Acuerdo Ministerial relacionado se establece que los patronos tendrán la obligación de resguardar físicamente toda la documentación relativa a los avisos patronales presentados.
Asimismo, la Dirección de Sistemas de Información del Ministerio de Trabajo tendrá la obligación de habilitar un espacio a efecto de que la IGT cumpla con el resguarda y almacenamiento de estos documentos de manera electrónica. El Acuerdo Ministerial empezará a regir a partir del 2 de agosto del año 2021.
Fuente: Publicación del Diario de Centroamérica, 15 de julio de 2021.