Trabajo a tiempo parcial...

Te contamos que nuestra Corte de Constitucionalidad,  dictamino que a partir del 15 de julio vuelve a tomar vigencia la figura legal del Trabajo a Tiempo Parcial, la cual fue dio luz verde por primera vez mediante el Acuerdo Gubernativo 89-2019 publicado en el Diario Oficial con fecha 27 de junio de 2019. 


En la normativa se da a conocer que el trabajador a tiempo parcial tiene derecho a percibir un salario sobre una base horaria y goza de las mismas prestaciones legales que un trabajador a tiempo completo, con la única diferencia que para este caso es proporcional. Además, contempla la viabilidad de trasladar a los trabajadores de tiempo completo a jornada de tiempo por parcial, con el único requisito esencial de que éste último manifieste expresamente su voluntad de llevarlo a cabo. 

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Fuente: Sentencia de la Corte de Constitucionalidad, 15 de julio de 2021.





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